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PRIMERAS MEDIDAS PARA LA DESESCALADA. FASE 0. Comenzamos a ver la luz

Escrito por Asesoría J. Canales

Comencé en el asesoramiento a las empresas tras finalizar los estudios de Ciencias Económicas y Empresariales, en 1996. Cursé el Master en Tributación en el Colegio de Economistas y estuve trabajando hasta el año 2001 en una asesoría en Valencia. En enero de 2001 me trasladé a Barcelona y trabajé durante casi 8 años en Gabinet JJ, despacho dirigido por Mercè Juan, una gran profesional, de la que aprendí mucho. En 2008 volví a Valencia y continué mi trabajo en una asesoría en Valencia, hasta este año 2020, que he iniciado la actividad por cuenta propia.

La tarde del domingo 3 de mayo el gobierno ha publicado varias órdenes 384, 385, 386, 387 y 388/2020, con las que se inicia la primera fase (fase 0) del plan de desescalada. Nos han dado tiempo para celebrar el día de la madre y unas horas para preparar la actividad, a partir del 4 de mayo. Las principales medidas aprobadas las podemos resumir en las siguientes:

1.- Reapertura de locales de comercio minorista y de servicios personales. A partir del 4 de mayo se podrán abria al público todos los cales de menos de 400 metros cuadrados de comercio al por menor y servicios suspendidos con la declaración del estado de alarma, a excepción de los situados en centros comerciales.

Se atenderá a los clientes con cita previa. Solo podrá haber dentro del establecimiento, como norma general, 1 cliente por cada trabajador. En los establecimientos en los que sea posible la atención personalizada de más de un cliente a la vez deberá señalarse de forma clara la distancia de seguridad de dos metros entre clientes, con la señalización que se prefiera. El mismo trabajador no podrá atender  a más de un cliente a la vez.

Los establecimientos deberán extremar las medidas de higiene. Las más importantes son estas:

  • No podrán incorporarse los trabajadores diagnosticados por COVID-19 que se encuentren en aislamiento en el momento de la reapertura o que, no teniendo síntomas, se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con personas diagnosticadas de COVID-19 o con síntomas.
  • El local deberá limpiarse al menos dos veces al día con desinfectante.
  • La ropa de trabajo (sea uniforme o no) deberá lavarse diariamente a una temperatura entre 60 y 90 grados.
  • Se limita el uso de los aseos a los clientes a la extrema necesidad.
  • Se obliga a disponer de papeleras, si es posible con tapa y pedal, para depositar pañuelos y material desechable.
  • Hay que poner a disposición de los clientes geles hidro-alcohólicos a la entrada del establecimiento.
  • Las empresas deberán entregar a los trabajadores los equipos de protección individual necesarios, según el nivel de riesgo de la actividad. La mascarilla será obligatoria cuando no pueda garantizarse la distancia de dos metros con el cliente.
  • En el caso de servicios que no permitan mantener la distancia de seguridad, como peluquerías, centros de estética, fisioterapia o clínicas dentales, se deberá utilizar un EPI adecuado que asegure la protección del trabajador y del cliente.
  • En establecimientos del sector comercial textil los probadores se utilizarán por una sola persona y deberán desinfectarse tras cada uso. Si un cliente se prueba una prenda y no la compra, la tienda deberá higienizarla antes de volver a ponerla a la venta.

2.- Establecimientos de hostelería

Las actividades de hostelería y restauración podrán desarrollarse mediante servicios de entrega a domicilio y recogida de pedidos por los clientes, quedando prohibido el consumo en el establecimiento. Los pedidos deberán realizarse previamente por teléfono o por otros medios electrónicos.  Los establecimientos solo podrán permanecer abiertos durante el horario de recogida de pedidos.

3.-Obras con intervención en edificios

A partir del 3 de mayo se permiten las obras que se realicen en locales, viviendas y otras zonas delimitadas de los edificios no habitadas o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, cumpliendo los requisitos recogidos en la orden, entre los que destacamos:

  • Limitación de la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas y se tomen todas las medidas para evitar el contacto  con los vecinos del inmueble.
  • El acceso y salida de esos inmuebles se deberá producir al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
  • Las empresas deberán dotar a sus trabajadores de los EPI y resto de medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

De momento solo han aprobado esto. La Fase 1 se iniciará en unos días, estaremos todos atentos a las últimas modificaciones que vayan aprobando. Al parecer, en hostelería permitirán ocupar el 50% de las terrazas de los establecimientos  y si todo va bien, en el comercio se permitirá el acceso de los clientes sin cita, pero de momento, todo son especulaciones.

Os mantendremos informados.

Mucha salud

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