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7 Importantes novedades para la próxima renta.

Escrito por Asesoría J. Canales

Comencé en el asesoramiento a las empresas tras finalizar los estudios de Ciencias Económicas y Empresariales, en 1996. Cursé el Master en Tributación en el Colegio de Economistas y estuve trabajando hasta el año 2001 en una asesoría en Valencia. En enero de 2001 me trasladé a Barcelona y trabajé durante casi 8 años en Gabinet JJ, despacho dirigido por Mercè Juan, una gran profesional, de la que aprendí mucho. En 2008 volví a Valencia y continué mi trabajo en una asesoría en Valencia, hasta este año 2020, que he iniciado la actividad por cuenta propia.

RENTA 2019. Novedades de la campaña renta 2018.

Tras un largo parón, vuelvo a recuperar las entradas del blog. Comenzaremos con un tema que nos preocupa a todos. La campaña de renta que se inicia el próximo día 2 de abril. Repasaremos las principales novedades, de manera esquemática. En próximas entradas desarrollaré las más importantes.

Calendario de la campaña de renta: Desde el 15 de marzo de 2019 se pueden consultar los datos fiscales en la web de la Agencia Tributaria y en la aplicación que puede descargarse en la App Store y en Google Play.

Prestaciones por maternidad y paternidad cobradas en 2018 Estarán exentas de tributación las prestaciones por maternidad y paternidad percibidas en 2018, al ser de aplicación la sentencia del Tribunal Supremo. Para las prestaciones cobradas en los ejercicios 2014 a 2017 la Agencia Tributaria estableció un procedimiento para solicitar la devolución de lo que indebidamente se hubiese pagado, al haberse tenido que declarar en esos años, antes de la resolución del tribunal.

Deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creaciónLos contribuyentes podrán deducir un 30% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación.

Base máxima de deducción 60.000 euros. Hasta este año la deducción era del 20%, con una base máxima de 50.000 €.
Deducción por maternidad
Hasta el 4-7-2018 existía una deducción de hasta 1200 euros anuales para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. En este ejercicio se amplía esta deducción con hasta 1000 euros adicionales por gastos de custodia de estos hijos en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Deducción para familias numerosas Hasta el 4-7-2018 existía una deducción para familias numerosas de 1200 euros anuales (2400 para las de categoría especial). A partir de esta fecha, se incrementa hasta en 600 euros anuales por cada hijo que forme parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para alcanzar la condición de familia numerosa de categoría general (a partir del 4º) o especial (a partir del 6º).

Deducción por cónyuge a cargo con discapacidad Se establece una nueva deducción por cónyuge a cargo con discapacidad. Será de 1200 euros anuales a partir del 1-1-2019. Para este año 2018, la deducción será de 500 €, al haberse aprobado la modificación en julio de 2018.

Gravamen especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas Hasta el 4-7-2018 se establecía un mínimo exento de 2500 euros. Los premios obtenidos a partir de esa fecha tienen un mínimo exento para 2018 de 10.000 euros. En 2019 20.000 y en 2020 en 40.000 €. Las cantidades gravadas tributan al 20%.

Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Se incrementa del 50% al 60% para 2018.

Estaré encantado de intentar resolver las dudas que os puedan surgir. Espero vuestros comentarios.

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